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COHERENCIA Y RECIPROCIDAD DEL SISTEMA PRESUPUESTALY EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

Por mandato constitucional, el Estatuto General del Presupuesto, que compila, en el decreto 111 de Enero 15 de 1996, las Leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1995, regula todo lo relacionado con la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación y de las demás entidades estatales, y su coordinación con el Plan Nacional de Desarrollo1.

Este Estatuto a su vez, para el cumplimiento de su objetivo, expone en su primera parte la conformación del Sistema Presupuestal, que constituye los elementos que en el desarrollo del Presupuesto General de la Nación se deben tener en cuenta y que este en si, debe contener2.

Dichos elementos son:

EL PLAN FINANCIERO: Es un instrumento de planificación y gestión financiera del sector público, que tiene como base las operaciones efectivas de las entidades que contempla el presupuesto.

EL PLAN OPERATIVO ANUAL DE INVERSIONES: Documento que describe los proyectos de inversión incluidos en el presupuesto y clasificados por sectores, órganos y programas.

EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN:                                            

Documento principal compuesto por:

El Presupuesto de Rentas: Contiene la estimación de los ingresos corrientes de la Nación, de los recursos de capital y de los ingresos de los establecimientos públicos.

El Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones: Incluye las apropiaciones para la Rama Judicial, la Rama Legislativa, la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General de la República, la Registraduría Nacional del Estado Civil incluyendo al Consejo Nacional Electoral, los Ministerios, los Departamentos Administrativos, los Establecimientos Públicos y la Policía Nacional, distinguiendo entre gastos de funcionamiento, servicio de la deuda pública y gastos de inversión, clasificados y detallados en la forma que indiquen los reglamentos.

Disposiciones generales: Incluye las normas tendientes a asegurar la correcta ejecución del Presupuesto General de la Nación, estas rigen únicamente para el año fiscal para el cual se expiden.

Ahora bien, si tenemos en cuenta que el Presupuesto General de la Nación, y  cada una de sus partes ya descritas, deben guardar estrecha relación de coherencia y reciprocidad con el contenido del Plan Nacional de Desarrollo3, debemos preguntarnos que tan acordes son entre ellos, pero más aun que tan acordes son estos con las necesidades y exigencias de una nación, ya cansada de la injusticia social y ya bastante asediada por la carga impositiva gubernamental.

Mientras que el Presupuesto Nacional busca la mayor efectividad en el uso o inversión de los ingresos de la nación, tendientes principalmente a la reducción de la deuda externa, el mantenimiento de las instituciones militares y del complejo sistema estatal, mientras se conserva el equilibrio de la economía a nivel macro en cuanto a crecimiento, inflación, devaluación y desempleo; el Plan de Desarrollo, contiene aspectos de corte más social, donde se pretende, no mantener el nivel actual de desempleo, sino eliminarlo, no reducir la inflación, sino lograr que toda la población tenga el poder adquisitivo suficiente para acceder a los bienes por lo menos primarios, no mantener la proporción del peso frente al dólar, sino hacer de la nuestra una moneda competitiva, que, no solo con el crecimiento de la economía sino con la intervención e inclusión de todos en ella, permita el crecimiento del país como un todo a nivel externo y la participación competente en los mercados internacionales4.

Y ahora, las verdaderas opiniones del pueblo acerca de sus necesidades, se dirigen al acceso a los servicios públicos y bienes básicos, educación, salud, vivienda digna y empleo, además de no caer en el olvido del Gobierno como es el caso de las poblaciones más lejanas a las ciudades, centros de comercio e industrialización.

Entonces, si estos objetivos y necesidades buscados por el Presupuesto, el Plan de Desarrollo y la Nación, no son tan diferentes mas allá del lenguaje utilizado, ¿Por qué cada elemento (Presupuesto, Plan de Desarrollo y Exigencia del Pueblo), parece ir aislado de los demás?, ¿Por qué, aunque no podamos hablar en el mismo idioma no se concentran los gobiernos de turno a encadenar todo esto hacia un mismo fin y cumplir con el principio de concordancia a favor de toda la nación?

1.             Articulo 352. Constitución Política de Colombia.

2.             Articulo 6. Decreto 111 de enero 15 de 1996 Estatuto Orgánico del Presupuesto.

3.             Articulo 13. Decreto 111 de enero 15 de 1996 Estatuto Orgánico del Presupuesto. Principio de Planificación del sistema presupuestal.

4.             Objetivos Capitulo II, Plan Nacional de Desarrollo 2002 – 2006.

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